miércoles, 8 de octubre de 2014

INAI - Derecho de izar la bandera representativa de Pueblos Indígenas en ámbitos públicos y privados

A: Representantes Mapuche – Provincia del Neuquén
DE: INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Tema: Derecho de izar la bandera representativa de Pueblos Indígenas en ámbitos públicos y privados.
 
Viene a consideración del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, la consulta realizada por representantes mapuche de la provincia del Neuquén, en relación al derecho de izar la bandera representativa del Pueblo Mapuche en ámbitos públicos y privados.
Al respecto, cabe destacar que la Constitución Nacional en su artículo 75 inc. 17 reconoce entre otros derechos, la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos y garantiza el respeto a su identidad.

Asimismo el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo “Sobre Pueblos Indígenas y Tribales de Países Independientes” –de jerarquía infra constitucional y supra legal, en función de los artículos 31 y 75, inciso 22 de la Constitución Nacional– en su artículo 2.1 establece que “Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad”.

En ese contexto, el artículo 5. a) del citado Convenio, precisa que al aplicar las disposiciones del mismo deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente”.

La posibilidad de que los pueblos indígenas puedan exhibir sus símbolos e izar sus banderas en los ámbitos públicos y privados en los que desempeñen actividades o participen constituye un elemento significativo de manifestación cultural y una acción simbólica para garantizar el respeto a sus costumbres, valores y a su identidad, siendo concordante con los derechos reconocidos en la normativa citada.
Existen antecedentes vinculados al reconocimiento al derecho de presentar sus banderas y símbolos distintivos:

La provincia del Chubut, mediante decreto provincial N° 1820/91, reconoció la bandera del pueblo mapuche-tehuelche; y tras la reforma constitucional de 1994, entró en vigencia la ley provincial N° 4072 que considera la bandera como representante de las dos pueblos indígenas que habitan el territorio provincial. Dicho símbolo fue izado por primera vez el 30 de abril de 1993 en la escuela N° 113 de Cerro Centinela y con posterioridad en un acto similar en la escuela N° 99 de Costa del Lepá, de donde era oriundo el principal impulsor de la iniciativa y creador de la misma, Julio Antieco.

En el Municipio de Baradero de la provincia de Buenos Aires, en el año 2011, fue promovido un proyecto de ordenanza para que las instituciones educativas incorporen dentro de sus banderas de ceremonias a la bandera de los pueblos originarios denominada Wiphala, como parte de los símbolos de la Nación Argentina.

Asimismo la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de las celebraciones del Bicentenario de las luchas de la independencia, mantuvo un encuentro multitudinario con representantes indígenas de todo el país y pertenecientes a 25 pueblos indígenas diferentes en la Casa de Gobierno, habiéndose exhibido numerosas banderas distintivas y representativas de los mismos.

Este hecho se repite toda vez que la Jefa de Estado mantiene un encuentro con los representantes indígenas, como hecho significativo de reconocimiento de su identidad.
Desde una mirada nacional de la cuestión indígena, el Gobierno Nacional reconoce a los pueblos indígenas como preexistentes a la Nación pero a su vez como parte constitutiva de la misma. Considera a los pueblos originarios, protagonistas de la verdadera historia argentina, ocultada por las elites dominantes del país. Resalta a su vez los vínculos y aportes del movimiento indígena en las causas de la emancipación argentina y latinoamericana. Entiende lo indígena no de manera aislada, sino vinculado a los sectores populares, como sujetos portadores de cultura y luchas, que han participado de la disputa por la conducción del Estado a través de generaciones, forjando la verdadera identidad de nuestra nación.

En momentos que los pueblos indígenas recuperan visibilidad y protagonismo en nuestra patria y en América Latina, se crean condiciones de movilización cultural en el marco del Bicentenario de la Independencia Argentina, lo cual permite abordar la construcción de un destino común y una aceptación de la diversidad cultural.

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS


Buenos Aires, 8 de octubre de 2014

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