El Juzgado de Zapala avala la legitimidad de sus autoridades.
La comunidad
Lof Mapuce Gelay Ko está ubicada en el departamento Zapala, centro geográfico
de la provincia del Neuquén, y nuclea a
32 familias de los parajes Barda Negra, Santo Domingo, Ramón Castro y Charco la
Huanaca.
La lucha de la
comunidad Gelay Ko contra la invasión inconsulta de empresas petroleras en sus
territorios comunitarios se vio obstaculizada debido a la disputa de intereses
generados por pobladores sueltos de la urbanidad mediante acusaciones
infundadas, actos de violencia e intimidación, tanto en contra de sus
autoridades como de su población.
Ante esta
situación, el Juzgado de Instrucción de la localidad de Zapala rechazó
las denuncias contra Don Jacinto Claleo, anterior lonko de dicha comunidad,
reconociendo al mismo tiempo a sus legítimas y actuales autoridades.
El Pueblo
Mapuce como pueblo preexistente exige la implementación de su derecho a la
consulta y participación en relación a cualquier actividad que se realice en su
territorio y que lo afecte directa o indirectamente. El mismo debe ser
garantizado por el Estado a través de un protocolo de consulta ante los
interlocutores legítimos, en este caso, la institución representativa del Pueblo
Mapuche.
Desde la década
del ‘90 la introducción de diversas empresas petroleras en el territorio
comunitario, no solamente impactó de manera negativa en el medio ambiente sino
que también marcó fuertemente la vida social y comunitaria, ya que despertó
intereses en personas externas a este territorio, quienes promovieron acciones
que fueron claramente utilizadas a conveniencia por las empresas petroleras. Las
mismas supieron aprovechar la incertidumbre generada en la población para establecer
acuerdos económicos con dicho sector externo, el cual al mismo tiempo generó
acciones mediáticas, que confundían el sentido de lucha comunitaria.
El conflicto surge
a partir de que un grupo de personas que fueron expulsadas de la comunidad, sin
ningún tipo de representación, inventaron una “interna” y generaron denuncias
contra las autoridades actuales para poner en cuestionamiento su legitimidad y
utilizar el nombre de la comunidad para realizar negociaciones con las empresas
petroleras en beneficio propio. De este modo, y mediante acciones extremas de
“toma de los pozos” que les dieron visibilidad a falta de representación, han
pretendido debatir una interna, cuya única contribución fue la de obstaculizar
la lucha y la institucionalización del pueblo mapuce.
Sin embargo,
el presente año dos resoluciones judiciales han avanzado en el reconocimiento
de la Comunidad Lof Gelay Ko como institución legítima representativa de las
familias mapuce de la región. Por un lado, la Resolución de la Dra. Gloria
Martinia, con fecha del 9 de mayo del 2013, que resuelve “Sobreseer total y
definitivamente” las denuncias por el delito de retención indebida, a favor de
Jacinto Claleo.
Por otro lado,
un Dictamen de la Procuración general de la Nación, con fecha del 2 de julio
del corriente año, recomienda a la Suprema Corte rechazar la demanda de la
provincia de Neuquén contra el INAI (Ministerio de Desarrollo Social de la
Nación) por el otorgamiento de la personería jurídica a la comunidad Gelay Ko,
entre otras comunidades mapuche de la misma provincia. El dictamen se basa
fundamentalmente en el artículo 75, Inc. 17 y 22, de la Constitución Nacional que reconoce
la preexistencia de los Pueblos Originarios
y subraya las contradicciones de la provincia de Neuquén y su incumplimiento
del Convenio firmado para la inscripción de las instituciones comunitarias del
Pueblo Mapuche.
La
demanda del Lof Gelay Ko es la aplicación del derecho a la consulta y participación
en todas las acciones que pretendan realizarse en sus territorios, por parte de
empresas petroleras como de los gobiernos nacionales y provinciales.
“Cuestionamos fuertemente la mirada
asistencialista de los gobiernos y de las empresas petroleras que nos han
subestimado en nuestra lucha. Proponemos desde nuestro Territorio generar
propuestas superadoras, alejadas de las prácticas viciadas de acciones mediáticas que
imponen un estereotipo de ‘indio’ totalmente alejado de la realidad
territorial.
Somos sujeto de derecho colectivo y desde ese lugar llevamos adelante
nuestras propuestas de transformación, no solo para nuestra comunidad sino para
la sociedad en general que muchas veces sólo demanda la extracción de nuestros
recursos naturales y plantea distribución de las riquezas, y para los Pueblos Originarios solo
asistencialismo” afirmó la Lonko Silvia Claleo.
Las Actas:
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