martes, 16 de octubre de 2012

La Rioja: Audiencia Pública para la Reforma del Código Civil - INCLUSIÓN DE LA PROPIEDAD COMUNITARIA INDIGENA

"A pesar de la existencia y vigencia de la Constitución Nacional, nuestras comunidades indígenas, inclusive con personería jurídica inscripta, son denunciadas permanentemente por usurpación, tratados como cuatreros de campo, como extraños, irónicamente en nuestro propio territorio"

Audiencia pública: Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación, Paseo Cultural Castro Barros de la provincia de La Rioja 15 de octubre de 2012
Moderador.- Tiene la palabra el señor Santos Alancay.
Sr. Santos Alancay.- Muy buenas tardes a todos.
A los hermanos de las distintas comunidades de los pueblos originarios, al señor presidente de la Cámara de Diputados y a los demás miembros de la Comisión Bicameral que hoy nos acompañan: mi nombre es Santos Esteban Alancay y vengo desde el territorio de la provincia de Salta, desde una mismísima comunidad. Soy delegado de la Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita. En Salta hay una organización territorial que forma el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales y de Pueblos Originarios. También soy delegado del Consejo de Participación Indígena por el Pueblo Diaguita de Salta e integrante de la Mesa Nacional Chica compuesta por veinticinco miembros agrupados.
Quiero decir que de acuerdo a la historia que nos enseñaron en el sistema educativo, en especial en la primaria, los pueblos indígenas existíamos en aquel 1492. Ustedes se preguntarán cómo es que los pueblos originarios hoy hablan de territorio, cultura e identidad. Podemos decir que a pesar del tiempo transcurrido y de todas las imposiciones puestas por aquellos invasores y sus descendientes, aún se sigue usando un método disciplinador como es el miedo, obligando a las familias de las comunidades a entregar el 5 y 7 por ciento de su ganado vacuno, ovino, caprino o camélido y hasta el 50 por ciento de lo producido en lo que respecta a la producción agropecuaria. También los usan como mano de obra barata.
Como representante aún tengo una comunidad de base donde cada familia debe mandar a un integrante de la familia a trabajar durante treinta días gratis en forma anual. Esto no lo digo porque lo escuché sino porque tengo conocimiento de causa. Hasta 2006 yo personalmente hacía 120 al año a medio sueldo: es decir que trabajaba 60 jornales para que mi familia siguiera manteniendo la posesión en mi territorio. De esa manera hemos mantenido nuestra posesión ancestral.
Ahora les voy a hablar del propio territorio indígena. “Territorio” es una palabra que encierra un montón de particularidades, en especial para la cosmovisión indígena. La cosmovisión indígena es la forma que tenemos los originarios de ver el mundo que nos rodea. Para nosotros no es simplemente un lugar que contiene valles, ríos, montañas o sitios sagrados, sino que es algo mucho más profundo. Es un lugar de pertenencia. Tal así es que lo llamamos “santa tierra” o “madre tierra”, dadora de vida, lugar donde descansan nuestros antepasados, donde la vida misma es circular y cíclica. Nunca lo vemos como algo que se puede vender, destruir, saquear y descartar. Todo lo contrario. Antes bien nos encargamos de cuidarlo porque, de no hacerlo, estaríamos poniendo en riesgo nuestra mismísima existencia.
Las realidades territoriales. El convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, al cual el Estado se adhiere mediante ley 24.071, y el artículo 75, inciso 17), de la Constitución Nacional, donde se reconoce a los pueblos y a sus comunidades como titulares de derecho a la posesión y propiedad comunitaria de la tierra que tradicionalmente ocupan y el derecho a la participación y gestión referida a sus recursos naturales, son muy importantes. Por otro lado, el valor de la tierra y los recursos naturales que existen en ella y los intereses relacionados con los mismos generan numerosos y graves conflictos entre lo que dicen ser titulares registrales y las comunidades con derechos reconocidos. A pesar de la existencia y vigencia de la Constitución Nacional, nuestras comunidades indígenas, inclusive con personería jurídica inscripta, son denunciadas permanentemente por usurpación, tratados como cuatreros de campo, como extraños, irónicamente en nuestro propio territorio. Queda reflejada de esta manera el desconocimiento, la indiferencia u oposiciones ideológicas. Aliancistas de intereses con un sector social del cual forman parte, lamentablemente, profesionales del derecho, escribanos y hasta jueces que consideran los derechos reconocidos en la Constitución Nacional como meras expresiones de deseo. Inclusive, ponen en duda la operatividad de dicha norma. A esto se suma las recomendaciones internacionales y las ONG. Sin ofender a nadie pero esta es la verdad hay muchos indigenistas que hacen grandes declamaciones de derechos pero son pocos los que caminan los tribunales y logran desde adentro que se hagan plenamente efectivos.
Por todo esto ha llegado la hora de modificar el Código Civil de la Nación, justamente por el abismo que existe entre la realidad y el mundo actual de las leyes. Por lo tanto, acompañamos este proceso histórico de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial.
Por las razones antes mencionadas, es primordial la incorporación de los derechos de los pueblos originarios y, fundamentalmente, el derecho a la propiedad comunitaria, como un derecho real de incidencia colectiva, con caracteres inalienables, intransmisibles y no susceptibles de gravámenes o embargos, que deberán recaer sobre territorio rural como así también urbano.
Esta incorporación no la desjerarquiza sino que la hace más eficaz sin negar en ningún momento su fuente constitucional. En cuanto a los recursos naturales, según el artículo 235 debe tener un proceso adecuado de consulta y consentimiento.
En definitiva, caminamos al principio de la reparación histórica que vendrá a hacer justicia con nuestros antepasados y con nosotros mismos. Y cuando digo “con nosotros mismos”, recuerdo que mientras yo comenzaba mi exposición alguien se reía.
Algo me pasa a mí que es personal: por no tener 120 mil pesos hoy mi sobrino se debate en la lucha contra un cáncer.
Todo por no haber podido conseguir en su debido momento 120 mil pesos para una prótesis. Todo porque mi comunidad estuvo cincuenta años bloqueada económicamente sin poder vender un animal a nadie.
Sólo podía vender aquél que decía que era el titular registral de las tierras y hoy yo descubro que jamás había sido titular registral de las tierras, sino que había tenido posesión veinteñal hasta el 2006.
Esa es la verdad de lo que pasa en los territorios. Lo digo porque desde ahí vengo.
De no ser posible esto, hago propias las palabras del doctor Zaffaroni cuando dice que la verdadera independencia no podrá contemplarse hasta que el orden jurídico que surja no repare el genocidio de su predecesor.
El desconocimiento de los derechos de los pueblos originarios importa una negación de la mismísima independencia, pues el orden jurídico que así proceda no hace más que proclamarse el mero sucesor del orden colonialista.
En 1816 nos declaramos independientes, pero ese acto no será perfecto hasta que no se reconozca que el orden precedente se sentó sobre una violencia que privó masivamente de derecho a toda la población originaria.
No es posible desconocer que nuestro territorio en tiempos posteriores a la proclamación de la independencia, lejos de proceder acorde a ésta ha continuado con su obra de depredación y genocidio, no sólo por omisión sino también por acción violenta y abierta.
Es tiempo de corregir esta sangrienta marcha de incoherencia entre la independencia proclamada y la realmente realizada. Muchas gracias. (Aplausos.)

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