Se realizó la presentación de la Dirección Provincial de Pueblos Originarios en el marco de un Trawün(2) en el que estuvieron presentes la Ministra de Desarrollo Social Gabriela Peralta y su gabinete, la Dirección de Asuntos Indígenas (DAI) de Puerto Santa Cruz, los referentes del CPI de la provincia, y las autoridades de las comunidades de Puerto Deseado, Kuifi Ke Kumun, de Río Turbio Lof Millanahuel, de gobernador Gregores Lote 6 familia Mercerat, de Caleta Olivia comunidad Willi Mapu, Camusu Ayke y el Lof Fem Mapu.
La nueva dirección dependerá del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia en adhesión a la normativa nacional. Contará con un equipo de 8 referentes originarios quienes tendrán a cargo la gestión de dicho espacio por el término de 6
meses, con el objetivo de dar participación activa a todos los espacios comunitarios en la provincia.
Esta Dirección convocará a los C.P.I y al Agente Territorial de la provincia, afectados al INAI, a participar de la mesa de gestión como órgano consultor.
Ante este logro cabe subrayar el proceso de creciente participación de los Pueblos Originarios y sus comunidades en el devenir de sus propios asuntos y sus aspiraciones para obtener una mejor proyección de vida en búsqueda del Buen Vivir.
La normativa específica sobre derechos de los Pueblos Indígenas está establecida en:
La Constitución Nacional del 94 del Art. 75 Inc. 17 y 22: “Corresponde al Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas serán enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten"
(1) Comunidad
(2) Encuentro
La Constitución Nacional del 94 del Art. 75 Inc. 17 y 22: “Corresponde al Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas serán enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten"
El Convenio N° 169 de la OIT: El estado reconocerá la existencia de los pueblos indígenas y comunidades indígenas, también su derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, organización social y económica, cosmovisión, valores, espiritualidad y lugares sagrados, así mismo sobre su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida y además fomentara la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos originarios.
Los pueblos originarios tienen derecho a una educación propia y un régimen educativo de carácter intercultural, atendiendo sus particularidades, además del derecho a una formación profesional y participación en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera, que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.
Los pueblos originarios tienen derecho a la participación política, el Estado garantizara la participación indígena en todos los ámbitos de su incumbencia.
Localización
El trabajo se extenderá en los territorios de todas las comunidades de Pueblos Originarios de la provincia, centralizando la base de datos y estadísticas en la localidad de Rio Gallegos donde funcionara la Dirección Provincial de Pueblos Originarios (DPPO) dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia, allí se reunirá el equipo técnico para evaluar el trabajo realizado y de ahí establecer el plan acción y pasos a seguir.
Destinatarios
Los destinatarios del trabajo a realizar por el equipo técnico de la D.P.P.O será abordar a todo el componente de Pueblos Originarios y sus Comunidades en la provincia.
Objetivos generales
Fortalecer la organización y la participación de los sujetos de derecho;
Fortalecer los espacios de dialogo entre todas las comunidades y de esa forma trabajar en el fortalecimiento interno y externo;
Fortalecer y articular desde esta área nuevas y más instancias de trabajo a medida que vayan surgiendo en las distintas áreas a nivel provincial y gestionar su implementación.
Objetivos Específicos
Relevar información (diagnóstico de situación);
Instrumentación y reglamentación de la ley provincial 2785 y su adhesión en la provincia a la Ley Nacional 23302;
Colaborar en el fortalecimiento de la identidad de los Pueblos Originarios y sus comunidades de la provincia;
Democratizar la participación ;
Centralizar en esta Dirección las distintas situaciones territoriales;
Conformar un espacio provincial de políticas públicas a partir de los pueblos originarios;
Se instalara en la provincia una Dirección de Pueblos Originarios con su equipo técnico (idóneos designados por los Pueblos Originarios).
Temporalización
El plan de trabajo se desarrollara en un plazo de 6 meses. Los integrantes del equipo de trabajo y la directora/a tendrán el mismo tiempo de gestión, todos ellos podrán ser elegidos o no nuevamente por las comunidades.
Plan de trabajo
- Desde el 3 de noviembre se tomará el cargo en el ministerio sin la presencia del equipo técnico.
- Gestiones para la obtención de recursos una vez instalada la Dirección (Primer quincena de noviembre/14)
- Convocar al equipo técnico para armar cronología y forma de trabajo (segunda quincena de noviembre/14)
- Convocar a los C.P.I (como órgano consultor) y al agente territorial de la provincia para coordinar acciones (segunda quincena de noviembre/14).
- Capacitación para el equipo técnico y representantes de cada comunidad que se asignen para la encuesta (primera quincena de diciembre/14)
- Sistematización de herramienta para la encuesta a las comunidades en territorio (primera quincena de diciembre/14)
- Inicio de Relevamiento de comunidades (primera quincena de diciembre/14)
- Foro de pueblos originarios con las comunidades (primera quincena de diciembre/14)
- Elevación de las actividades a seguir por el equipo técnico (segunda quincena de diciembre/14)
(2) Encuentro
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