jueves, 27 de noviembre de 2014

Convenio de Diversidad Biológica: se acepta el uso de “Pueblos indígenas y comunidades locales”



Desde el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios -ENOTPO, continuando el legado de nuestros mayores, se ha venido trabajando para promover la utilización de términos adecuados para denominar a los pueblos originarios tanto en materia legal, como así también en otros ámbitos como el político y el educativo, entre otros. 

Este trabajo de militancia y docencia permanente que los Pueblos Originarios llevamos adelante incansablemente, ha dado sus primeros frutos y se refleja en la aceptación del uso de la terminología “pueblos indígenas y comunidades locales” en el Convenio de Diversidad Biológica, que viene a reemplazar al término "comunidades indígenas y locales", adecuándose al Derecho Indígena vigente. 

El reemplazo del concepto de "comunidad" por el de "pueblo" es fundamental, no se limita a una mera discusión de terminologías, sino que fue y sigue siendo una discusión central impulsada por los Pueblos Originarios de todos los continentes ya que refiere directamente al reconocimiento por parte de los organismos internacionales de los Pueblos Originarios, en tanto pueblos, en tanto naciones, es decir, como sujetos de derecho colectivo por tener una cultura, un idioma, una cosmovisión y una historia compartida, que les da su especificidad.

Esta modificación conlleva un nuevo marco de referencia para los demás instrumentos en materia de biodiversidad, como así también para los Estados que suscriben a dichos instrumentos. 


Informe de la Dirección de Pueblos Originarios y Recursos Naturales:

Resolución de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica:

Otras notas relacionadas:

jueves, 13 de noviembre de 2014

RESTITUCIÓN TERRITORIAL AL PUEBLO MAPUCE: ¡Leleque es Territorio ancestral Mapuce!


Santa Rosa Leleque, Chubut, 12 de noviembre de 2014

Luego de más de 150 años de lucha del Pueblo Mapuce por el reconocimiento, defensa y restitución de su Territorio Ancestral, el Estado Nacional hizo entrega de la carpeta técnica del Relevamiento Territorial a la Comunidad Mapuche Santa Rosa Leleque, en un acto de reparación histórica y de reconocimiento de la preexistencia y posesión del Pueblo Mapuce en ese territorio, que hace más de un siglo fue ocupado ilegítimamente por la Compañía Tierras del Sud Argentino S.A. y desde el año ‘91 usurpado por el empresario Benetton. 

El lunes 10 a la tarde, arribaron a Esquel Autoridades y Delegados de las Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios – ENOTPO, desde los distintos puntos cardinales y de cada uno de los Territorios originarios del país para acompañar el proceso de lucha y reivindicación Territorial que lleva el Pueblo Mapuce en territorio de Leleque en contra del usurpador Benetton. 

El evento “YNKA NEYÑ TAÑY WAJ MAPU- DEFENDIENDO NUESTRO TERRITORIO” comenzó el martes con una jornada de fortalecimiento y reivindicación territorial. Por la mañana se realizó un Wixa Xipan, ceremonia filosófica del Pueblo Mapuce, y siguió por la tarde con un Rukatvn, momento de trabajo comunitario que representa la vida comunitaria y colectiva. 

El día miércoles más de 150 autoridades territoriales del Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios y autoridades del Pueblo Mapuce se dieron cita en la ciudad de Esquel para dar continuidad al encuentro y desarrollar los ejes propuestos para el debate, entre los cuales se trataron la “Articulación de las Organizaciones de Pueblos Originarios con el Estado”, “Derecho indígena-Experiencia y procesos de lucha” y “Territorio para los Pueblos”. Por la tarde se hizo entrega de la carpeta técnica de relevamiento territorial, con la presencia del presidente del INAI, Daniel Fernández y el Secretario de Agricultura Familiar, Emilio Pérsico. 


La entrega de la Carpeta técnica del relevamiento representa un hecho paradigmático en la historia de lucha de la Comunidad Santa Rosa Leleque que se enfrentó, ni más ni menos, a la multinacional Benetton en defensa del territorio. La empresa Benetton es dueña de más de un millón de hectáreas en toda la Patagonia, es el terrateniente extranjero más grande del país y representa los intereses e ideologías colonialistas de las corporaciones multinacionales. Rosa Rua Nahuelquir autoridad de la comunidad Santa Rosa Leleque se refirió a este hecho como un hito y un “empujón en la lucha de todo el Pueblo Mapuce y demostrar que seguimos vivos en los territorios”. Además recalcó “la importancia y la responsabilidad que tenemos como Pueblos Preexistentes en defender nuestros derechos y exigir el relevamiento de todas las Comunidades que todavía están peleando por el reconocimiento y la aplicación de la ley 26.160”.

Roberto Ñancucheo, Werken de la Confederación Mapuche de Neuquén, por su parte, hizo hincapié en que este es un logro más en el proceso de lucha por el Territorio, la Autonomía y el reconocimiento como Pueblos, y paso en la obligación del Estado de garantizar la participación de todos los Pueblos Originarios respetando su autonomía.


Emilio Pérsico señaló, sobre la participación de las Organizaciones de Pueblos Originarios en el marco del Estado, que “No hay manera de construir democracia si las Organizaciones siguen siendo dependientes del Estado. Las Organizaciones Sociales y de Pueblos Originarios tienen que ser autónomas y ocupar el Estado para defender sus derechos y sus intereses. La herramienta de opresión histórica para los Pueblos Originarios ha sido el Estado y éste tiene que pedir perdón, es por eso que hoy tenemos este desafío.
Daniel Fernández, por parte del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, destacó el proceso de lucha y de organización de los Pueblos Originarios en Argentina, y agregó que el relevamiento territorial es un eslabón más para que los “papeles dejen de ser solo papeles escritos y que sean hechos concretos” y que “la consagración de la propiedad comunitaria y el ejemplo de la Comunidad Santa Rosa Leleque es un puntapié para el Estado, en la continuidad de la aplicación de los derechos de los Pueblos”.

Del acto participaron además de las Autoridades de la Comisión Política del ENOTPO, Nina Jaramillo Directora de Afirmación de Derechos Indígenas del INAI y Silvia Klaleo Directora de Pueblos Originarios de la Secretaría de Agricultura Familiar del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

La actividad concluyó con un festival con músicos invitados en el que participaron peñis y lagmen artistas de diferentes Comunidades como Eduardo Paillacán y el cierre estuvo a cargo del musico Duende Garnica.

lunes, 10 de noviembre de 2014

TARTAGAL: PUEBLO WEENHAYEK ASAMBLEA PERMANENTE EN DEFENSA DEL TERRITORIO ANCESTRAL


Tras el desalojo sufrido el día 7 de noviembre, los Originarios de los Pueblos Weenhayek, Guaraní, Wichí y Yowis se mantienen en Asamblea Permanente en el Km 5 de la ruta 86, Tartagal, exigiendo el reconocimiento de su Territorio comunitario, la devolución de todas las pertenencias y el respeto como Pueblos Originarios preexistentes.



El día viernes a la madrugada más de 200 efectivos de las fuerzas policiales, junto con el cuerpo de Infantería atropellaron a las familias originarias con el objetivo de desalojarlos de su territorio ancestral, bajo instrucciones del Fiscal Pablo Cabot, quien desconoce y viola los derechos Fundamentales de los Pueblos Originarios consagrados en la Constitución Nacional, en el Convenio 169 de la OIT y en la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU.



En la jornada del sábado 8 de noviembre los originarios intentaron reingresar a su territorio comunitario, pero fueron desalojados nuevamente por las fuerzas policiales, a cargo del oficial Vale, que continuaron con los hostigamientos físicos y verbales. 

El cuerpo policial y el Poder Judicial representado por el Fiscal Cabot son responsables de estos hechos lamentables de violación de los derechos humanos, al desconocer el derecho  colectivo que ampara a los Pueblos Originarios.


Ante estos atropellos los comuneros mantienen una Asamblea Permanente por tiempo indeterminado hasta que les sean restituidas todas las pertenencias y mobiliarios sustraído por los desalojadores y se les garantice restablecer su posesión territorial y la seguridad jurídica.

Los Territorios Originarios están bajo el resguardo del marco normativo nacional e internacional, y específicamente por la la ley 26160 y sus prórrogas. La justicia no puede desconocer y violar el Derecho Originario para favorecer intereses de terceros.

¡Exigimos el pleno cumplimiento de los derechos de los Pueblos Originarios!
¡Aplicación de la Ley 26160 y sus prórrogas!
¡Propiedad Comunitaria Indígena YA!







viernes, 7 de noviembre de 2014

Santa Cruz: Creación de la Dirección de Pueblos Originarios en la provincia.

El día 23 de octubre en la localidad de Puerto Santa Cruz se presentó  el nuevo espacio de Pueblos Originarios en la Provincia.

Se  realizó la presentación de la Dirección Provincial de Pueblos Originarios en el marco de un Trawün(2) en el que estuvieron presentes la Ministra de Desarrollo Social Gabriela Peralta y su gabinete, la Dirección de Asuntos Indígenas (DAI) de Puerto Santa Cruz, los referentes del CPI de la provincia, las autoridades de las comunidades de Puerto Deseado, Kuifi Ke Kumun, de Río Turbio Lof Millanahuel, de gobernador Gregores Lote 6 familia Mercerat, de Caleta Olivia comunidad Willi Mapu, Camusu Ayke y el Lof Fem Mapu.




La nueva dirección dependerá del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia en adhesión a la  normativa nacional. Contará con un equipo de 8 referentes originarios quienes tendrán a cargo la gestión de dicho espacio por el término de 6 meses,  con el objetivo de dar participación activa a todos los espacios comunitarios en la provincia.

Esta Dirección convocará a los C.P.I y al Agente Territorial de la provincia, afectados al INAI, a participar de la mesa de gestión como órgano consultor.

Ante este logro cabe subrayar el proceso de creciente participación de los Pueblos Originarios y sus comunidades en el devenir de sus propios asuntos y sus aspiraciones para obtener una mejor proyección de vida en búsqueda del Buen Vivir. 

La normativa específica sobre derechos de los Pueblos Indígenas está establecida en:

La Constitución Nacional del 94 del Art. 75 Inc. 17 y 22: “Corresponde al Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas serán enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten"

El Convenio N° 169 de la OIT: El estado reconocerá la existencia de los pueblos indígenas y comunidades indígenas, también su derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, organización social y económica, cosmovisión, valores, espiritualidad y lugares sagrados, así mismo sobre su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida y además fomentara la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos originarios.

Los pueblos originarios tienen derecho a una educación propia y un régimen educativo de carácter intercultural,  atendiendo sus particularidades, además del derecho a una formación profesional y participación en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera, que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.

Los pueblos originarios tienen derecho a la participación política, el Estado garantizara la participación indígena en todos los ámbitos de su incumbencia. 

Localización

El trabajo se extenderá en los territorios de todas las comunidades de Pueblos Originarios de la provincia, centralizando la base de datos y estadísticas en la localidad de Rio Gallegos donde funcionara la Dirección Provincial de Pueblos Originarios (DPPO) dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia, allí se reunirá el equipo técnico para evaluar el trabajo realizado y de ahí establecer el plan acción y pasos a seguir.

Destinatarios

Los destinatarios del trabajo a realizar por el equipo técnico de la D.P.P.O será abordar a todo el componente de Pueblos Originarios y sus Comunidades en la provincia.

Objetivos generales

Fortalecer la organización y la participación de los sujetos de derecho;
Fortalecer los espacios de dialogo entre todas las comunidades y de esa forma trabajar en el fortalecimiento interno y externo;
Fortalecer y articular desde esta área nuevas y más instancias de trabajo a medida que vayan surgiendo en las distintas áreas a nivel provincial y gestionar su implementación.

Objetivos Específicos

Relevar información (diagnóstico de situación);
Instrumentación y reglamentación de la ley provincial 2785 y su adhesión en la provincia a la Ley Nacional 23302;
Colaborar en el fortalecimiento de la identidad de los Pueblos Originarios y sus comunidades de la provincia;
Democratizar la participación ;
Centralizar en esta Dirección las distintas situaciones territoriales;
Conformar un espacio provincial de políticas públicas a partir de los pueblos originarios;
Se instalara en la provincia una Dirección de Pueblos Originarios con su equipo técnico (idóneos designados por los Pueblos Originarios).

Temporalización

El plan de trabajo se desarrollara en un plazo de 6 meses. Los integrantes del equipo de trabajo y la directora/a tendrán el mismo tiempo de gestión, todos ellos podrán ser elegidos o no nuevamente por las comunidades.

Plan de trabajo

  • Desde el 3 de noviembre se tomará el cargo en el ministerio sin la presencia del equipo técnico.
  • Gestiones para la obtención de recursos una vez instalada la Dirección (Primer quincena de noviembre/14)
  • Convocar al equipo técnico para armar cronología y forma de trabajo (segunda quincena de noviembre/14)
  • Convocar a los C.P.I (como órgano consultor) y al agente territorial de la provincia para coordinar acciones (segunda quincena de noviembre/14).
  • Capacitación para el equipo técnico y representantes de cada comunidad que se asignen para la encuesta (primera quincena de diciembre/14)
  • Sistematización de herramienta para la encuesta a las comunidades en territorio (primera quincena de diciembre/14)
  • Inicio de Relevamiento de comunidades (primera quincena de diciembre/14)
  • Foro de pueblos originarios con las comunidades (primera quincena de diciembre/14)
  • Elevación de las actividades a seguir por el equipo técnico (segunda quincena de diciembre/14)


(1) Comunidad
(2) Encuentro

SALTA: ¡URGENTE! DESALOJO DE LOS PUEBLOS WICHI, GUARANI, WEENHAYEK Y YOWIS



A las 6:30hs del día de la fecha se inició el desalojo de los Pueblos Originarios Wichi, Weenhayek, Guaraní y Yowis en el Km 5 de la ruta 86, Tartagal, Salta. Más de 200 efectivos de las fuerzas policiales, junto con el cuerpo de Infantería local desalojaron violentamente a más de 27 familias pertenecientes a dichas comunidades y desmantelaron sus viviendas, dejando a la gente en una situación de total desamparo y vulnerabilidad. 

Las comunidades afectadas son la Comunidad El Quebracho (Pueblo Weenhayek – Cacique Isaías Fernández), la Comunidad Sarmiento (Pueblo Wichi – Cacique Francisca Sarmiento) y la Comunidad Quebrada de Tartagal (Pueblo Yowis – Cacique Simón Domínguez). Las mismas se encuentran ubicadas sobre la Ruta Nacional 86, Km 5, donde fueron desplazadas como consecuencia del largo proceso de usurpación y el desmonte que cada día avanza más sobre los territorios donde dichos Pueblos viven ancestralmente.


El desalojo tuvo lugar entre las 6 y las 8 de la mañana. Fueron afectadas más de 27 familias (15 familias de El quebracho, 5 familias de Sarmiento, 7 familias de Quebrada de Tartagal), incluyendo agresiones físicas y verbales, lo que provocó un enfrentamiento con el cuerpo de infantería y resultó herida una mujer. Las fuerzas policiales destruyeron totalmente las viviendas, y las pertenencias fueron cargadas en vehículos particulares y trasladadas a destino incierto. Ana Pérez, una hermana de edad avanzada, sufre de una parálisis provocada por el impacto de los violentos acontecimientos vividos. Por el momento no hay detenidos. 

El operativo estuvo a cargo del comisario inspector González, el subcomisario Ramírez y el oficial Mamani (Comisaría 42). La orden surgió de la Fiscalía Penal Nº 2, a cargo del Dr. Pablo Cabot. 

Hombres, niños, mujeres y ancianos de los Pueblos Wichi, Guaraní, Yowis y Weenhayek iniciaron un corte en la Ruta Nacional 86, en protesta por la medida judicial que viola los derechos fundamentales de los Pueblos Originarios, establecidos en la Constitución, como así también la Ley 26160 y sus prórrogas que ordena que se detengan los desalojos y el relevamiento de los territorios indígenas, y asimismo los derechos establecidos en el Convenio 169 de la OIT y la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas. La policía se encuentra en el lugar.

A la espera de las definiciones de la fiscal, las autoridades de los Pueblos afectados redactaron la siguiente acta:

“Siendo el día 7 de noviembre de 2014, siendo en horas 10:00 de la mañana, las comunidades Weenhayek, Yowis, Wichi y Guaraní desalojados de usos ancestralmente por orden del Juez Cabot, nos encontramos reunidos al costado de la ruta 86 a la altura del Km 5. 
200 años de república no son nada frente a los miles de años de los Pueblos. En este trayecto no encontramos justicia y más de 500 años de sufrimientos, atropellos y despojos sobre nuestros derechos humanos. Una vez más nos encontramos sin ningún lugar para vivir. 
Exigimos a las autoridades nacionales, provinciales y municipales las escrituras de los Territorios que nos corresponden”.

CONTACTOS:
Autoridad del Pueblo Weenhayek: Isaías Fernandez (Cacique): (03873) 15665240























martes, 4 de noviembre de 2014

ESTADO DE SITUACIÓN: PUEBLO WEENHAYEK, COMUNIDAD EL QUEBRACHO.

El Pueblo Weenhayek resiste el desalojo territorial


El día de la fecha a las 13 hs se presentó el Comisario González con la Guardia de Infantería en el territorio comunitario a fin de llevar a cabo el desalojo dictaminado por el Dr. Pablo Cabot, a cargo de la Fiscalía en lo Penal Nº 2, en favor de Sra. María Monserrat Talesio.

Tras ingresar prepotentemente al territorio y golpear al Cacique de la comunidad, las fuerzas policiales se retiraron, encontrando una fuerte resistencia por parte del Pueblo Weenhayek acompañado por las autoridades de los Pueblos Yowis, Wichi, Tapiete y Guaraní.

Por otro lado, las autoridades Weenhayek se pusieron en contacto con las áreas de gestión del INAI, desde donde se articuló con los organismos involucrados (Ministerio Público de la Defensa, Comisaria 42 – Tartagal, Fiscalía en lo Penal Nro. 2) para detener dicha medida violatoria de los derechos fundamentales de los pueblos originarios y garantizar la vigencia de la Ley 26.160 y sus prorrogas Leyes 26.554/26.894.

Luego del ataque e intento de desalojo, las organizaciones presentes, reunidas en asamblea,  realizaron un acta describiendo los hechos ocurridos:

"En la ciudad de Tartagal, siendo las 13:30 hs del mes de Noviembre de 2014, se reúnen los caciques de distintas comunidades y etnias Weenhayek, Yowis, Wichi, Guaraní y Tapiete. Los caciques repudian el desalojo, el atropello de la policía, que no le han hecho conocer el desalojo a las comunidades. También los caciques están en desacuerdo con el fiscal penal Nº2 Pablo Cabot. También denunciamos por desconocer nuestro derecho territorial y desconocemos la palabra "usurpación", es NUESTRO TERRITORIO."



“Pampa del 20” es Territorio Wichi


El conflicto territorial que sufre la comunidad “Pampa del 20” del Pueblo Wichi, cercana a Las lomitas, provincia de Formosa, es de larga data y tuvo como consecuencia la reducción territorial del Pueblo Wichi de 20 mil hectáreas en 1919, a 500 hectáreas en la actualidad, debido a la usurpación realizada por sucesivos gobiernos, empresas y criollos devenidos en “terratenientes”, que a fin de cuentas no son más que usurpadores. Este proceso de usurpación incluye el avance sobre espacios sagrados como cementerios y áreas ceremoniales, pruebas irrefutables de los derechos territoriales ancestrales del Pueblo Wichi como pueblo preexistente.


El 28 de noviembre de 2012 quince familias de dicha comunidad, fueron desalojadas por los usurpadores Ramón Juárez, Haydee y Carmen Chávez, a través de las fuerzas de seguridad provinciales. Juárez, quien además es abogado, consiguió una medida de no innovar que prohíbe a los pobladores de “Pampa del 20” cualquier tipo de modificación en su territorio, impidiéndoles cultivar o cortar madera para la subsistencia, y denunció penalmente a los hermanos wichi Abel Saravia, Silverio Moreno y Ramón Cabrera por “usurpación”, cuando los hechos demuestran lo contrario. 

El 25 de febrero de 2013 alrededor de 200 personas del Pueblo Wichi, miembros de la organización INTERWICHI, entre ellas la comunidad “Pampa del 20”, marcharon a los Tribunales de Las lomitas para presentar un petitorio ante las autoridades de la Justicia y del gobierno local exigiendo respuestas en relación a la situación de emergencia y despojo vivenciadas durante tantos años.

Se presentaron diez denuncias ante el fiscal Diego González y el Juez Sergio Rolando López, quien prometió una respuesta para el día jueves 28 de febrero, respuesta que nunca llegaría. 

El 24 de septiembre de 2013 las usurpadoras Haydee y Carmen Chavez intentaron asesinar a Silverio Moreno, miembro de “Pampa del 20”, atropellándolo con su camioneta y luego disparando con arma de fuego cinco tiros desde la camioneta, errando todas las veces.

A través de un comunicado público, el Pueblo Wichi reclamó “la intervención urgente y con medidas eficientes a la Justicia Provincial y Federal, al Gobierno Provincial, al INAI, al Ministerio del Interior y todos los actores que puedan tomar intervención en nuestro caso”. Además manifestó que ya existían amenazas previas por parte de las terratenientes: “ya incendiaron nuestras casas, atropellaron a nuestra gente, ya rompieron nuestra bomba de agua, amenazaron de muerte a nuestros chicos, nos tiraron comida envenenada como a perros”. Asimismo denuncia la connivencia existente entre el Juez López y el abogado usurpador Juárez, un círculo vicioso que atenta contra los derechos de los Pueblos Originarios a utilizar y desarrollarse en el territorio que habitaron ancestralmente.

Sin embargo, en octubre de este año, la comunidad “Pampa del 20” recibió un oficio del Juzgado de Primera Instancia de Instrucción y Correccional de Las Lomitas, a cargo del Juez subrogante Francisco Orella, que ordenó el desalojo de sus tierras para el 27 de octubre. 

Ante la intervención del INAI el desalojo fue diferido y se estableció una mesa de diálogo entre el Gobierno Provincial y el Pueblo Wichi.

Mientras tanto, la comunidad “Pampa del 20” junto con otras ocho comunidades que forman parte de la Organización Interwichí, se encuentran alerta y organizadas, dispuestas a defender su territorio ancestral como lo han hecho desde siempre.





VIDEO: http://vimeo.com/110328144

Salta: la comunidad Misión Salim del Pueblo Wichi recupera su territorio ancestral.


El 29 de octubre alrededor de 35 familias pertenecientes a la comunidad “Misión Salim” del Pueblo Wichi volvieron a su territorio ancestral, hoy conocido como campo “el cuervo”, ubicado en las cercanías del paraje el Chuschal, Departamento de San Martín, provincia de Salta.

Ante las avanzadas del Estado durante la campaña del Chaco, las campañas misioneras de la Iglesia Anglicana y las usurpaciones por parte de criollos devenidos en “terratenientes”, el Pueblo Wichi de la región del campo “el cuervo” fue despojado de su territorio y reubicado en una reducción denominada “Misión Salim”, en Padre Lozano, hoy constituida como comunidad.

La Fundación Siwok, perteneciente a la Iglesia Anglicana (que se apropió del territorio de la comunidad “Misión Salim”) en connivencia con la Secretaría de Ambiente de la provincia de Salta, impedía a los hermanos y hermanas del Pueblo Wichi hacer uso de los bienes naturales necesarios para sus actividades económicas y culturales. A pesar de que la comunidad realizó todos los pasos administrativos necesarios para la adquisición de las Guías Forestales, la Secretaría de Ambiente no ha hecho entrega de los mismos. 

Esta negación coarta la posibilidad de subsistencia de la comunidad, ya que con la recolección de madera realizan carbón, producto necesario para la generación de sus recursos siendo esta su única fuente de trabajo.

Por este motivo, el día 01 de octubre la comunidad Misión Salim del Pueblo Wichi inició un corte en la ruta provincial 53 exigiendo una respuesta a la Secretaría de Ambiente de la provincia de Salta y solicitando la intervención del INAI, a los fines que interceda para lograr un canal de diálogo. Tres días duró el corte y se definió la posibilidad de retomarlo al jueves siguiente de seguir en pie esta irracional negativa, con una gran carga de violencia simbólica y desidia por parte del Estado provincial.

Desde la Dirección de Afirmación de Derecho Indígena (DADI-INAI) se realizó un informe sobre la situación el cual fue remitido a la Dirección Tierras (INAI) para su intervención en el conflicto.

Pasada una semana de los hechos, se hizo presente en la comunidad un delegado de la Secretaría de Ambiente de Salta, el cual tomó los datos necesarios para la entrega de las Guías, acción que queda sin efecto de ninguna clase hasta el momento.

Ante la falta de respuesta a dicha situación, el 22 de octubre el Pueblo Wichi decidió cortar una vez más la ruta 53. Sin embargo, en el curso de esta medida de demanda por sus derechos, varios comuneros Wichi fueron agredidos por un particular. Este hecho fue denunciado debidamente en el destacamento de Padre Lozano.

Dos días después, en una mesa de diálogo establecida entre la Secretaría de Medio Ambiente, la Subsecretaría de Pueblos Originarios de la Provincia, y las autoridades del Pueblo Wichi, las partes lograron llegar a un acuerdo. Sin embargo el mismo fue intervenido y suspendido por el titular de la Fundación Siwok, el Sr. Deante Alex.

Ante este hecho, las autoridades wichi de Mision Salim tomaron la definición de reubicarse en su territorio ancestral, en campo “el cuervo”, allí donde hay dos cementerios en los que están enterrados sus abuelos, como así también sitios sagrados, haciendo ejercicio de su derecho como pueblos preexistentes a vivir y desarrollarse en el territorio que habitaron desde tiempos inmemoriales.



URGENTE: DESALOJO AL PUEBLO WEENHAYEK, COMUNIDAD EL QUEBRACHO, TARTAGAL, SALTA.

En estos momentos la comunidad "el Quebracho" del Pueblo Weenhayek está sufriendo el desalojo del territorio que ancestralmente ocupan. 

Una vez más la justicia salteña viola y desconoce el derecho colectivo de los Pueblos Originarios establecido en la Constitución Nacional, la Ley Nº 26160 y sus prórrogas, el Convenio 169 de la OIT, la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas.

¡BASTA DE DESALOJOS!
¡APLICACIÓN PLENA Y EFECTIVA DE LA LEY Nº 26160 Y SUS PRÓRROGAS!
¡PROPIEDAD COMUNITARIA INDÍGENA YA!


Compartimos a continuación la nota publicada el 25 de agosto del 2014: http://enotpo.blogspot.com.ar/2014/08/amenaza-de-desalojo-en-la-comunidad-el.html



AMENAZA DE DESALOJO EN LA COMUNIDAD “EL QUEBRACHO” DEL PUEBLO WEENHAYEK


La comunidad “El Quebracho” (Personería Jurídica del IPIS en trámite) del Pueblo Weenhayek se encuentra en estado de alerta ante las amenazas de desalojo. La comunidad está ubicada en la Ruta Nacional Nº 86 Km 5, en la Departamento Gral. San Martin, Ciudad de Tartagal, provincia de Salta, y está compuesta por más de diez familias, motivo por el cual hay muchos niños en el lugar.

De acuerdo a lo informado por el Cacique de la comunidad, Isaías Fernández, el sábado 23 de agosto de 2014 se presentó en la comunidad un oficial de policía de apellido Sandro Mamani, perteneciente al Comisaría Nº 42 de Tartagal, informando que el día domingo se llevaría adelante el desalojo de las familias originarias. La orden judicial emana del el Juzgado Nominación Nº 2, a cargo Dr. Héctor Mariscal Astigueta y de la Fiscalía en lo Penal Nº 2, a cargo del Dr. Pablo Cabot, en el marco de la causa Nº 73821/14 por el delito de usurpación, a los fines de restituir el inmueble en forma provisoria a la Sra. María Monserrat Talesio.

Ante el inminente desalojo, los Caciques de las 12 comunidades del Pueblo Weenhayek, se manifestaron en estado de alerta permanente, requiriendo el acompañamiento de Oscar Lorenzo, autoridad del Pueblo Wichi y miembro del Consejo de Participación Indígena del INAI, quien se dirigió al lugar para evaluar la situación y acompañar a la comunidad. Al mismo tiempo, tomó intervención la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas (DADI-INAI), que recordó a los organismos responsables y a las fuerzas policiales la vigencia de la Ley Nº 26160 y sus prórrogas.

De este modo se pudo contener el desalojo previsto para el día domingo y el día de la fecha las autoridades comunitarias acudieron al Defensor Público de Salta, Dr. Luis Solorzano, quien presentó un escrito en la Fiscalía argumentando la vigencia de la Ley Nº 26160 y sus prórrogas. Sin embargo, entre tanto, se apersonó una vez más el oficial Mamani en el territorio de la comunidad para requerir información personal de los miembros comunitarios, y ante la negativa, amenazó con regresare en horas de la tarde con la infantería. 

En base a lo establecido por la Constitución Nacional en su Artículo 75 Inciso 17, el Pueblo Weenhayek, como pueblo originario preexistente, tiene derecho a la “posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan”, y los Estados Nacional y provincial deben aplicar la Ley Nacional de orden público Nº 26.160 y sus prórrogas Nº 26.554 y 26.894, que dispone el siguiente texto: “Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1º” (Art. 2). 

Contactos: 
AUTORIDADES DEL PUEBLO WEENHAYEK: 03873-517588 ó 03873-451483 
COMISARIA Nº 42, Tartagal: 03873-4212222 

lunes, 3 de noviembre de 2014

REUNION DEL PUEBLO MAPUCHE PARA LA LIBERACIÓN DE LOS RESTOS DEL TOKI KAJFVKVRA


Los días 11 y 12 de octubre Organizaciones de la Nación Mapuche de las distintas regiones del Wallmapu[1] realizaron un Xawn[2] en San Martín de los Andes para dar inicio al debate sobre la restitución de los restos del Toki Kajfvkvra[3]

Estuvieron presentes autoridades y referentes de la Confederación Mapuche de Neuquén, Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro, la Organización Identidad Territorial Malalweche (Mendoza), la Organización Rankel Mapuche Toay de La Pampa, la Organización Mapuche Tehuelche Nor Feleal (Cordillera, Meseta y zona sur de Chubut), la Organización Identidad Territorial Chew Mapu Selk (Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego), y la Organización Territorial Mapuche Tehuelche de Cushamen (Chubut). También participaron referentes de otros Pueblos y Organizaciones, a saber: el Consejo del Pueblo Tastil, de la Red de Comunidades del Pueblo Atacama, de la Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita (Salta), del Pueblo Tolombón del Valle de Chorormoros (Tucumán) y de la OCASTAFE (Santa Fe).


En el inicio de la asamblea estuvo presente el Presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Daniel Fernández, y referentes de la Dirección de Afirmación de Derecho Indígena (DADI-INAI), para presentar el “Programa Nacional de Restitución de Restos Humanos y Reparación Histórica de los Pueblos Originarios de Argentina”[4]. El mismo tiene entre sus objetivos establecer canales de diálogo y pasos administrativos claros para dar respuesta a las demandas de los Pueblos Originarios en relación a los restos de sus antepasados. Del mismo modo se propone promover el trabajo sobre la identidad, la memoria y la historia, silenciadas tras largos años de invisibilización forzada.


Los restos óseos de Kajfvkvra se encuentran en la actualidad en el Museo de Ciencias Naturales de La Plata. Para el Pueblo Mapuche su Toki está preso hace 150 años, al igual que miles de hermanos y hermanas, cuyos restos físicos se encuentran en museos y colecciones privadas, y sus Pueblos siguen exigen su restitución.


Durante la primera jornada se debatió acerca de los conceptos de Restitución y Reparación, el vínculo con los ancestros y el Territorio, la relación entre preexistencia, identidad, espiritualidad, historia, memoria y proyección del Pueblo Mapuche. ¿Cuál es el significado de estos términos tanto para el Pueblo Mapuche como para los Pueblos Originarios en general? ¿Cómo se traduce en la práctica el hecho de la restitución teniendo en cuenta no solo el significado político sino también la espiritualidad y la cosmovisión de cada pueblo?


Entre otras cosas, se destacó que la restitución significa la “liberación” del Toki: “Para el mundo mapuche la persona no muere, por eso se le charla al peñi, se habla con él, se ríe con él, se recuerda lo que hizo en vida. Vamos a empezar a nombrar a Kajfvkvra para que vuelva su piuke (el ser, lo que da la forma de ser) que los winkas lo tienen en otro lugar”, dijo Benito Cumilao de la Organización Nor Feleal. De este modo, su liberación es parte del proceso de ordenamiento del Pueblo Mapuche, de búsqueda de equilibrio y unidad, ya que desde la conquista han vivido intensos procesos de opresión y fragmentación.


Roberto Ñankucheo, werken de la Confederación Mapuche de Neuquén, afirmó: “Kajfvkvra es un Toki. Puede haber muchos lonkos, werkenes, machis, pero Toki hay uno solo. Es el estratega del Pueblo Mapuche en tiempos de guerra. El Toki Kajfvkvra se levantó en nombre de toda la Nación Mapuche a enfrentar al Estado argentino, a los winkas que avanzaban sobre nuestro territorio. No reconocía las fronteras estatales. Cuando hablamos de la restitución no estamos diciendo que nos devuelvan los huesos de Kajfvkvra, estamos diciendo que reconozcan en primer lugar por qué el Toki Kajfvkvra los enfrentó, por qué el Toki dio su vida. Sino no va a tener sentido”, y agregó “El Toki trasciende a la figura de la Confederación Mapuche de Neuquén, trasciende la figura de nosotros como puelches (gente del este), porque vino de la zona wiliche (sur) de gulumapu (al oeste de la cordillera), porque fue una autoridad máxima, por lo tanto va a ser una decisión de la Nación Mapuche que va a debatir, va a definir y va a mandar una propuesta al Estado en relación a la restitución de los restos del Toki Kajfvkvra”.


También se abordaron temas como la relación con la ciencia y su influencia en los procesos de patrimonialización y musealización. Los referentes de los Pueblos Tastil, Diaguita y Atacama aportaron al debate a partir de sus propias experiencias territoriales relativas a la patrimonialización y musealización de su patrimonio natural y cultural, tomando como ejemplo el caso del Qapaj Ñan (conocido como camino del Inca) y las funestas consecuencias del proceso de patrimonialización realizado de forma inconsulta. 


Los presentes requirieron al Presidente del INAI que el Estado garantice nuevas reuniones para dar continuidad al debate, respetando el derecho a la consulta y participación, como así también los tiempos y las formas que el Pueblo Mapuche defina autónomamente. Fernández se comprometió a “acompañar un pedido tan legítimo como la restitución de restos de Kajfvkvra”. Los referentes de la DADI plantearon la necesidad de construir un proceso administrativo verdaderamente intercultural.

El 12 de octubre las organizaciones se movilizaron a la Plaza San Martín en el marco del “Día de la Diversidad Cultural”. 


Fidel Colipan, Werken de la Confederación Mapuche de Neuquén planteó que es primordial que se reconozca el Sujeto de Derecho para una verdadera Interculturalidad: “tiene que ver con la construcción de una vida mejor, con el respeto y con el reconocimiento”. Además denunció la manipulación realizada por el gobierno provincial neuquino en el proceso de relevamiento territorial (Ley Nº 26160) y en la Ley de Bosques (Nº 26331) cuya reglamentación es anti-constitucional ya que no hubo consulta al Pueblo Mapuche.


Ñancucheo agregó: “la preexistencia significa que los Estados se construyeron sobre territorio de los Pueblos Originarios. Que nadie se asuste, pero que nadie mire para otro lado. No queremos que nos hagan monumentos, no queremos que se respondan a si mismos, queremos que nos respondan a nosotros cuando nosotros lo pidamos, no cuando digan ellos que van a hacer una fiesta. La fiesta tiene que ser el reconocimiento que nos hagan a nosotros que somos los originarios de acá”.


“(…) Los 500 años de la colonización y los 200 años impuestos del estado no han sido en vano. A nosotros no nos han dejado enteros. En nosotros juegan las iglesias, juegan los partidos. Nadie puede mirarnos con una mirada folklórica, pensando que nada de eso nos atravesó. Entonces lo que necesitamos es que nos acompañen metiéndose menos en nuestro mundo, y tratando de mirarse a ustedes mismos para ver cómo logran mejorarse a ustedes y el lugar donde viven. Nosotros seguimos vivos, seguimos luchando, con nuestras autoridades presentes, y seguimos buscando la unidad porque, como dijo Fidel Colipan, ese es un principio de la vida mapuche”.


Las autoridades Mapuche hicieron un especial reconocimiento a Javier Chocobar, autoridad del Pueblo Chuschgasta quien fue asesinado hace 5 años por el terrateniente Darío Amin y los ex-policías Valdivieso y Gómez por defender su territorio ancestral del saqueo y la usurpación. Recordaron su lucha y exigieron celeridad al Poder Judicial ya que hasta el día de hoy los asesinos siguen libres, y la familia Chocobar y la Nación Diaguita aún esperan el inicio del juicio.






[1] Territorio de la Nación Mapuce
[2] Encuentro
[3] <<Calfucurá>>
[4] Por mandato presidencial, a través del Decreto 701/2010, se estableció que el INAI “será el encargado de coordinar, articular y asistir en el seguimiento y estudio del cumplimiento de las directivas y acciones dispuestas por la Ley 25.517/2001 (de Restitución de restos mortales de Pueblos Originarios)”. Dicha ley establece que los restos que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas, deberán ser puestos a disposición de los Pueblos Originarios que los reclamen. Además requiere que todo emprendimiento científico que tenga por objeto a los Pueblos Originarios y sus comunidades, incluyendo su patrimonio histórico y cultural, deberá contar con el expreso consentimiento de los Pueblos interesados.