SE INCORPORA EL DERECHO INDÍGENA EN EL CÓDIGO CIVIL
21 de noviembre de 2013
Desde el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios – ENOTPO, a continuación expresamos nuestra posición ante las modificaciones incluidas en el proyecto de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial:
La fuerza y la dinámica de los procesos históricos en Abya Yala (América) exigen que los avances en el Derecho Indígena generado por el movimiento indígena no se reviertan, este es el logro fundamental de la discusión que se ha dado en la actualización de los Códigos Civil y Comercial. Desde el ENOTPO creímos y seguimos creyendo en la necesaria confluencia hacia un debate sobre un Estado Intercultural y Plurinacional. Desde esta posición y en debate tanto con otros espacios indígenas como con la sociedad no indígena y sus organizaciones, se ha logrado INCORPORAR EN EL CÓDIGO CIVIL EL ESPIRITU DEL DERECHO INDÍGENA HOY RECONOCIDO Y DAR BASES CLARAS PARA LEYES ESPECIALES QUE NO SON MÁS QUE LA CONTINUIDAD DE LOS DEBATES INICIADOS POR NUESTROS MAYORES.
En el 2012 ante el anuncio del Ejecutivo sobre el proyecto de Reforma de los Códigos Civil y Comercial de la Nación y la incorporación del Derecho Indígena en el mismo, desde el ENOTPO saludamos la iniciativa que proponía modificar el Código Civil de Vélez Sarsfield, herramienta de opresión justificadora de un orden individualista, negador de la diversidad cultural y los derechos colectivos.
Con el fin de acompañar y participar en el proyecto de reforma, elaboramos una propuesta propia, discutida en los territorios y nos movilizamos con el fin de aportar herramientas genuinas que garanticen la permanencia de los estándares vigentes del Derecho Indígena en el nuevo código, entendiendo que las audiencias deben tomar el posicionamiento de los pueblos originarios como parte de este derecho y no como una mera opinión o ponencia.
La propuesta elaborada fue presentada por los delegados y autoridades de los pueblos en cada una de las audiencias públicas que se realizaron a lo ancho y largo del país, generando un altísimo nivel de participación. Estuvimos presentes en Buenos Aires, Tucumán, Neuquén, Corrientes, Salta, La Rioja, Córdoba, La Plata, Rosario, La Matanza y San Luis llevando nuestra palabra en primera persona.
Entre las vocerías, Lucio Zerpa, autoridad del Consejo del Pueblo Tastil, de Salta expresó: “Es saludable debatir y consensuar un nuevo sistema normativo que contemple a toda la sociedad en su contexto cultural y adecuarlo a la realidad. El diálogo intercultural es una propuesta política del ENOTPO para construir juntos en igualdad de oportunidades”. Por su parte, Solita Pereyra, Tinkina del Consejo de la Nación Tonokote Llutqui aseguró: “El desafío de la reforma está en cambiar la antigua concepción paternalista por la del respeto a la diversidad, a la pluriculturalidad, a la plurinacionalidad”. Más del 30% del total de los oradores fueron de pueblos originarios y gracias a este nivel de participación, compromiso y organización, hoy contamos con la incorporación del Derecho Indígena en el nuevo Código Civil, cambiando la esencia del mismo hacia uno más inclusivo y plural.
El nuevo código debe reflejar el paradigma que ha florecido tanto a nivel local como regional, de justicia social, de defensa de la soberanía de los Estados sudamericanos y de reconocimiento de las identidades originarias de este continente. La adecuación al carácter plurinacional del Estado Argentino mediante la incorporación de la diversidad cultural y del derecho colectivo es un paso más para la ampliación de derechos.
En este punto, desde las Organizaciones de Pueblos Originarios insistimos en sostener el estándar del Derecho Indígena en los términos que establecen la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por el Estado argentino, subrayando la necesidad de que el código disponga cláusulas de carácter transitorio tales como la “Ley Propiedad Comunitaria Indígena”, como así también la “Ley de Consulta Previa y Participación” y la actualización de la “Ley de Política Indígena”. Asimismo es necesario remarcar que el sujeto de derecho descripto por las normas que anteceden es el denominado “Pueblo Indígena y sus comunidades”. Por este motivo, desde el ENOTPO proponemos el siguiente texto:
PROPUESTA DEL ENOTPO
ARTÍCULO 18.- Derechos de los Pueblos Indígenas y sus Comunidades. Los pueblos indígenas preexistentes y sus comunidades tienen derecho a la posesión y propiedad comunitaria sobre las tierras y territorios que tradicionalmente ocupan, y sobre aquellas aptas y suficientes para su desarrollo; tiene derecho a ser consultados de manera previa sobre cualquier asunto que pudiere afectar directa o indirectamente sus intereses; tienen derecho al reconocimiento de su cultura y las instituciones que le son propias, conforme a los términos del art. 75 inc 17 de la Constitución Nacional y a los Tratados Internacionales suscriptos por el Estado Argentino[1].
Disposición transitoria Los Pueblos Indígenas y sus Comunidades, en lo que respecta al derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras y territorios que ocupan, como también, al derecho a la participación y consulta previa, será objeto de una ley especial conforme a la Constitución Nacional y a los Tratados Internacionales suscriptos por el Estado Argentino.
DICTAMEN DEL FRENTE PARA LA VICTORIA
ARTÍCULO 18.- Derechos de las comunidades indígenas.
Las comunidades indígenas reconocidas tienen derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo humano según lo establezca la ley, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.
En la Argentina actual preexistimos más de 39 pueblos originarios, con nuestros propios idiomas, autoridades e instituciones representativas. En la última década hemos fortalecido nuestras organizaciones, multiplicamos la participación y recuperamos la voz en primera persona, apartándonos de los agentes paternalistas (Iglesia, ONG’s, especialistas) que durante mucho tiempo hablaron en nuestro nombre, en función de sus intereses particulares.
En el 2009 se conformó el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios – ENOTPO, como un espacio de articulación de política indígena que nuclea a 45 organizaciones territoriales de 27 pueblos, con presencia en 20 provincias en Argentina. El objetivo de este espacio es desarrollar y debatir una agenda propia de los pueblos originarios y establecer un diálogo intercultural con el Estado para elaborar conjuntamente políticas públicas adecuadas con incidencia real en nuestros territorios.
Somos conscientes de que la lucha por nuestros derechos no comenzó con nosotros, pero sí continúa en nosotros y es un momento histórico para dignificar el legado de nuestros mayores hacia un estado más justo, soberano y plural.
Contactos:
(011) 1558396726
(011) 1550965718
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Audiencia pública en Buenos Aires. |
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Audiencia pública en Tucumán. |
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Audiencia pública en Salta |
ENCUENTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES TERRITORIALES DE PUEBLOS ORIGINARIOS - ENOTPO -
§ COORDINADORA DEL PARLAMENTO MAPUCHE DE RIO NEGRO – Luis Pilquiman
§ CONFEDERACIÓN MAPUCHE DE NEUQUÉN – Roberto Ñancucheo y Rosalía Barra
§ UNIÓN DE LOS PUEBLOS DE LA NACIÓN DIAGUITA - UPND (SALTA) – Carlos Flores, Santos Alankay (CPI) y Juan Condorí (CPI)
§ PUEBLO TOLOMBÓN DE LA NACIÓN DIAGUITA (VALLE DE CHOROMOROS, TUCUMÁN) – Rufino Morales
§ CONSEJO DE LA NACIÓN TONOCOTÉ “LLUTQUI” (SANTIAGO DEL ESTERO) – Rosaura Acuña, Domingo Ruiz (CPI) y Solita Pereyra (CPI)
§ FEDERACIÓN PILAGÁ (FORMOSA) – Saturnino Miranda
§ OCASTAFE (SANTA FE) – Clara Chilcano y Alfredo Angel
§ MOVIMIENTO DE LA NACION GUARANI “KEREIMBA IYAMBAE” (JUJUY) – Dardo Omar Ortiz y Abel Camacho (CPI)
§ ASAMBLEA DEL PUEBLO GUARANÍ - APG (JUJUY) – Teresa Fernández
§ ASAMBLEA DEL PUEBLO GUARANÍ TRADICIONAL - APGT (JUJUY) – Marcelo Cuellar
§ ORG. IDENTIDAD TERRITORIAL MALALWECHE (MENDOZA) – Gabriel Jofre y David Leguizamon (CPI) y Antonia Moya (CPI)
§ ORG. RANQUEL MAPUCHE TOAY (LA PAMPA) – Juana Vila Rosas
§ AGRUPACIÓN DE COMUNIDADES INDÍGENAS DTO. SAN MARTÍN (SALTA) – Simon Catuari
§ ASAMBLEA DEL PUEBLO IOGYS DE LA RUTA 86 Y 34 (SALTA) – Antonio Cabana y Jorge Lopez (CPI)
§ CONSEJO DE CACIQUES WICHI DE LA RUTA 86 Y 34 (SALTA) – Oscar Lorenzo
§ ORG. INDÍGENA WICHI AGRUPACIÓN SICHET (RUTA 81, 34 Y 53 - EMBARCACIÓN, SALTA) – Mario Gutiérrez
§ AGRUPACIÓN DE COMUNIDADES WICHI Y GUARANI (RUTA 81, 34 Y 53 – EMBARCACIÓN SALTA) – Ubaldo Mendoza
§ ORG. NASHILLIPI MOQOIT (CHACO) – Pedro Mendoza
§ ORG. MAPUCHE- TEHUELCHE “NOR FELEAL”, CORDILLERA, MESETA Y ZONA SUR (CHUBUT) – Rosa Rua Nahuelquir y Margarita Santibañez (CPI)
§ ASOCIACIÓN DE COMUNIDADES DEL PUEBLO GUARANÍ (MISIONES) – Arturo Duarte
§ CONSEJO DEL PUEBLO TASTIL. QUEBRADA DEL TORO (SALTA) Lucio Zerpa
§ ORG. TERRITORIAL HUARPE PIMKANTA (MENDOZA, SAN JUAN Y SAN LUIS) – Miguel Gil
§ INTERWICHI (FORMOSA) Mariano López
§ OTePOC - ORG. TERRITORIAL DE PUEBLOS ORIGINARIOS DE CÓRDOBA – Julia Martha Ceballos
§ CONSEJO DE DELEGADOS DE COMUNIDADES ABORÍGENES DEL PUEBLO OCLOYA - CD-CAPO (JUJUY) – Aníbal Tolay, Néstor Jerez y Desdicación Caucota (CPI)
§ ORG. TERRITORIAL CHEW MAPU SELK (SANTA CRUZ, CHUBUT, TIERRA DEL FUEGO) – Sergio Nahuelquir y Daniel Huircapan (CPI)
§ RED DE COMUNIDADES DEL PUEBLO ATACAMA (SALTA) – Macario Colque y Justo Casimiro
§ CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE SUSQUES ATACAMA (JUJUY) – Osvaldo Vázquez
§ CONSEJO INDIO PUEBLO NACIÓN CHARRUA (ENTRE RÍOS) – Edgardo Dellacamina y Roberto Sandoval (CPI)
§ ORG. EDUCADORES ORIGINARIOS NAN Q’OM (FORMOSA) – Gabina Ocampo
§ ORG. PUEBLO CHOROTE (SALTA) – Nicasio Carrizo
§ ORG. “ÑEMBOATI GUASU TATA OGUE MBAE” (ASAMBLEA DEL FUEGO QUE NUNCA SE APAGA) (JUJUY) – Marcelino Azalle y Andrea Segundo
§ ORG. ZONAL WICHI CHOT LHAME JENPE RUTA 81 (MORILLO, SALTA) – Elgio Suárez
§ ORG. MAPUCHE/TEHUELCHE DE CUSHAMEN (CHUBUT) – Ángela Nahuelquir
§ PUEBLO KOLLA DPTO YAVI (JUJUY) – José Mario Cabana
§ PUEBLO CHICHA DPTO YAVI (JUJUY) – Nicolás Vilca
§ ASOCIACIÓN COMUNITARIA COLONIA ABORIGEN (CHACO) – Julia Alba y Eduardo Ramírez
§ ORG. WICHI TEWOC, STA. VICTORIA (SALTA) – Rene Delgado
§ ORG. JATUN QUECHUA LLAJTA STA. CATALINA (JUJUY) – Atilio Mamani Flores
§ CONSEJO DE CACIQUES WICHI DE METÁN Y ANTA (SALTA) – Víctor Hugo Ríos
§ CONSEJO DE ORGANIZACIONES ORIGINARIAS, RINCONADA (JUJUY) – Sergio Flores
§ ORG. MIG TAGAN TUKUYPAJ DE ALMTE. BROWN (BS. AS.) – Luis Galvan
§ AWAWA. COMUNIDAD FINCA EL POTRERO, IRUYA (SALTA) – Bernabe Montellanos
§ PUEBLO LULES, COMUNIDAD LAS COSTAS (SALTA) – Felix Corimayo, Mario Tolaba (CPI) y David Torres (CPI)
[1] Constitución Nacional; Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y tribales en países independientes-Ley 24071; Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas.