ENOTPO - Argentina, Abril 2021.
A 529 años de la llegado del usurpador y colonizador a nuestros territorios, refrendamos nuestra condición de Pueblos Naciones Originarias, Sujetos de derecho colectivo, preexistentes a las colonias y a los Estados.
Lxs colonizadores y la oligarquía pretende continuar llamándonos “indígenas”, “aborigenes”, “campesinos/as”, “indios/as”, “pobres”, “marginales”, para no reconocer nuestra preexistencia milenaria como pueblos y naciones originarias Moqoit, Pilagá, Qom, Wichí, Chorote, Chulupí, Guaraní, Chané, Kolla, Yojwis, Huarpe, Diaguita, Tonokoté, Lule, Vilela, Mapuche, Tehuelche, Rankulche, Selk’nam, Mbyá Guaraní, Ava Guaraní, Tupí Guaraní, Ocloya, Omaguaca, Tilián, Charrúa, Comechingón, Tastil, Tapiete, Chicha, Sanavirón, Abipón, Yámanas, Yaganes, Huaycurú, Atacama, Pilagá, Tilcara, Weenhayek, Nivaclé, territorialmente organizados en más de 2000 bases y comunidades comunitarias, representados a través de Instituciones y Autoridades tradicionales propias.
Denunciamos la violación sistemática de nuestros derechos como pueblos originarios preexistentes por parte del Estado argentino.
El Estado argentino a través de su gobierno nacional y popular pretende violar nuestros derechos constitucionales a la Consulta y a la Participación, este accionar nos demuestra que continúan sosteniendo una política racista y discriminatoria hacia los pueblos y naciones originarias.
Hoy se continúa profundizando una política colonial y paternalista de vulneración de nuestros derechos colectivos como pueblos preexistentes, la cual implica un alto grado de discriminación, racismo y xenofobia hacia nuestros Pueblos, hacia nuestras instituciones ancestrales y nuestras culturas milenarias, donde se invisibiliza la base plurinacional de nuestro país y la realidad de los Pueblos Originarios, la cual es transversal a todas las instituciones y áreas del Estado (salud, educación, ambiente, agricultura, economía, desarrollo, cultura, comunicación, etc).
El Estado con su accionar inconsulto y arbitrario, ataca la institucionalidad de los Pueblos y Naciones Originarias, replicando prácticas colonialistas, feudales, xenófobas y discriminatorias, actuando de manera totalitaria con los Pueblos Originarios, negando al Sujeto de Derecho Colectivo.
Que el Estado argentino designe a un NO Originario u Originaria a cargo de la aplicación de los derechos y las políticas públicas de los Pueblos Originarios es racismo y discriminación, es perpetuar la colonización, es poner al zorro en el gallinero o un puma en el corral de ovejas, es resucitar y replicar las políticas de lxs Colón, lxs Cortéz, lxs Pizarro, lxs Roca, lxs Videlas, , , en desmedro de los derechos colectivos de los Pueblos.
No se nos ocurre ver al gobierno nacional y popular designando a un/a represor/a a cargo de las políticas de derechos humanos, o a un “machirulo” a cargo de las políticas de género, o a un esclavista a cargo de las cuestiones afrosdescendientes, es URGENTE REPARAR de una vez y para siempre esta práctica racista hacia nosotrxs los Pueblos Originarios.
Resulta urgente atender los conflictos emergentes en los territorios y superar las pandemias de la gestión anterior, que ha desguazado y paralizado la política intercultural indígena desde diciembre de 2015, pandemia que violó sistemáticamente nuestros derechos, persiguiendo, hostigando y atropellando a nuestrxs referentxs, persiguiendo y desapareciendo a nuestro wenvy Santiago Maldonado, reprimiendo y matando a mansalva al weichafe Rafael Nahuel. Con la complicidad de lxs servicios, del consultivo de turno y de un sector elitista de la justicia que multiplico por cientos las causas persecutorias a nuestras familias y miembrxs. La derecha no fue tibia para avanzar en el saqueo de nuestros territorios, el desguace, el endeudamiento y la entrega del País.
Desde el ENOTPO sostenemos que la reparación histórica hacia los Pueblos Originarios, para que sea real, concreta y efectiva, debe incluir indefectiblemente:
LA RESTITUCIÓN Y TITULACIÓN DE NUESTROS TERRITORIOS COLECTIVOS
1. La promulgación de una Ley de Propiedad Comunitaria Indígena. Sólo a través de una ley como esta se hará efectiva, en forma de título de propiedad comunitaria, la posesión reconocida a través de los relevamientos territoriales realizados en el marco de la Ley 26.160. Hay dos aspectos clave que debe tener en cuenta una ley como esta. Una es la diferencia entre tierra (entendida como una extensión o porción de suelo, como un inmueble alienable y factible de ser negociado) y territorio (entendido como un espacio vital cargado de sentidos, memorias y vínculos históricos, culturales y espirituales). Los Pueblos Originarios y nuestras comunidades tenemos derecho a obtener la propiedad de nuestros territorios, que son estos espacios cultural e históricamente significativos. En segundo lugar, una Ley de Propiedad Comunitaria Indígena debe enfatizar que las tierras tituladas no serán enajenables, transmisibles, ni susceptibles de gravámenes o embargos. Es de suma importancia y urgencia llevar adelante la titulación de los territorios comunitarios a fin de resolver las injusticias históricas que se han cometido contra los Pueblos Originarios. La titulación de las tierras no sólo evitará los conflictos, sino que permitirá a nuestros pueblos y comunidades desarrollarnos con identidad y alcanzar el ideal del Buen Vivir.
2. El otorgamiento de otras tierras aptas y suficientes. Los Pueblos Originarios somos pueblos dinámicos y, como cualquier otro colectivo social, nuestros intereses y necesidades van cambiando con el tiempo. Es por esto que un proceso de reparación histórica debe tener en cuenta la necesidad de otorgar, tal como lo estipula la Constitución Nacional en su Artículo 75 Inciso 17, otras tierras aptas y suficientes que nos permitan sostenernos y desarrollarnos.
3. La lucha activa contra los prejuicios y la discriminación a los que somos sujetos los Pueblos Originarios. El Estado debe realizar una campaña educativa orientada a sus áreas, funcionarios y a la sociedad civil a fin de que se conozca y concientice sobre el marco de derecho indígena en Argentina y se trabaje en pos de eliminar los estereotipos y estigmas que existen en nuestro país sobre los Pueblos Originarios, tal como que somos pueblos extintos, campesinxs, extranjeros, o subversivos. A través de un trabajo como este se reducirán las persecuciones, la negación de nuestros derechos y la violencia simbólica, jurídica y física que aún se ejerce sobre nosotros, y alcanzaremos el reconocimiento de nuestras voces e identidades, tal como lo afirmó el presidente Alberto Fernández en su discurso de apertura de sesiones en el parlamento.
4. La elaboración y promulgación de una ley de consulta. La consulta es el derecho que tenemos los Pueblos Originarios a ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de nuestras instituciones representativas, cada vez que se planifiquen y se piensen tomar medidas legislativas o administrativas que puedan afectarnos directamente. Es decir, antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que afecten de alguna manera nuestros derechos en aspectos como nuestras condiciones de vida, instituciones, desarrollo económico, social y cultural y nuestro bienestar espiritual, así como las tierras y territorios que ocupamos o utilizamos de alguna manera, el Estado debe garantizar que se realice un proceso de CONSULTA con los Pueblos Originarios, a través de nuestras instituciones representativas.
5. Garantizar nuestra participación. Los Pueblos originarios debemos ser incluidos como participantes activos en todos aquellos aspectos que nos incumben y nos afectan, tal como la elaboración leyes y políticas públicas y la gestión de los recursos naturales y culturales que se encuentran en nuestros territorios.
Por ello, como organizaciones territoriales de Pueblos Originarios, EXIGIMOS LA DEROGACIÓN del Decreto simple del PEN Nº 672/16 y que el Estado a través de los organismos correspondientes garantice una CONVOCATORIA real, con la PLENA PARTICIPACIÓN de los más de 40 PUEBLOS ORIGINARIOS en el país, a través de sus instituciones representativas con sus Autoridades territoriales, para restablecer el diálogo entre el Estado y los Pueblos Originarios, estableciendo una agenda de política pública para los pueblos originarios basada en las prioridades reales de nuestros territorios.
Reafirmamos nuestra Preexistencia Identitaria, Cultural y Territorial, la cual se refleja en el Derecho Colectivo y en la jurisprudencia, el Estado tiene la obligación de respetarlo, hacerlo cumplir y no puede omitirla bajo ningún punto de vista.
Somos los Pueblos Originarios los únicos interlocutores válidos para definir nuestros destinos y nuestro devenir cultural, nuestra voz y nuestra institucionalidad es irreemplazable.
Juntos por Memoria, Identidad y Territorio.
ENOTPO
Contacto Prensa: 2604657071
Acompañamientos - Adhesiones: encuentropueblosoriginarios@yahoo.com.ar